Cuando la fiscalización sustituye el juicio de quienes el pueblo eligió
Por el Hon. Carlos G. Salgado Schwarz, Presidente, Federación de la Magistratura de Puerto Rico — 31 de julio de 2026
La Junta de Supervisión Fiscal le comunicó a la gobernadora Jenniffer González que no debe firmar la medida que reclasificaría a los alguaciles del Poder Judicial como servidores públicos de alto riesgo, con la posibilidad de acogerse al retiro a los 55 años y 30 de servicio. Su director ejecutivo, Robert Mujica, advirtió que la firma expondría al Estado a litigación y a un choque con el Plan de Ajuste de la Deuda. Desde la Federación de la Magistratura de Puerto Rico (FMPR) nos corresponde examinar esta controversia desde cuatro ángulos que, lejos de ser contradictorios, se complementan: la independencia institucional del Poder Judicial, la seguridad de quienes lo protegen, la equidad del criterio actuarial invocado, y el respeto al proceso democrático que la propia estructura de gobierno de Puerto Rico establece.
Un patrón de intervención sobre el andamiaje judicial
No es la primera vez que un ente fiscal no electo emite juicio sobre decisiones que inciden directamente en el funcionamiento del aparato judicial y su personal de apoyo. La FMPR ha señalado en ocasiones anteriores —a propósito de PS 1096 y de otras medidas ante la Asamblea Legislativa— que las determinaciones sobre cómo se protege, compensa y retiene al personal que sostiene la administración de la justicia no pueden reducirse a una columna de gastos en una hoja de cálculo. Los alguaciles no son un renglón presupuestario abstracto: son la estructura humana sin la cual una sala de exposición pública simplemente no puede operar. Que un organismo cuya legitimidad democrática es, cuando menos, debatida, se arrogue la última palabra sobre esa estructura merece nuestro escrutinio institucional.
La primera línea de la seguridad en los tribunales
Los alguaciles custodian las salas donde a diario se ventilan las causas más volátiles del sistema: vistas de violencia doméstica, casos de crimen organizado, procesos con partes emocionalmente desbordadas. Son ellos quienes intervienen cuando un incidente escala, quienes escoltan a jueces y personal ante amenazas, y quienes sostienen el orden que permite que la toga cumpla su función. Equipararlos a otros servidores de alto riesgo no es un capricho gremial: responde a una realidad operacional que cualquier persona que haya presidido una sala de tribunal reconoce de inmediato. La propia Asociación de Empleados Judiciales, a través de su presidente, el alguacil Amircal Gerena Román, ha planteado el reclamo en términos de trato justo en materia de retiro y compensación, y ese reclamo dialoga directamente con el compromiso que la FMPR asumió al conmemorar, apenas la semana pasada, el primer Día Internacional del Bienestar Judicial: el bienestar de quienes trabajan en los tribunales —togados y no togados— es indivisible.
El criterio actuarial merece más que una cifra
La Junta cifra el impacto fiscal del proyecto en 1.2 millones de dólares, con una proyección de 2.1 millones para el año 2030. Son cifras que ameritan seriedad, no descalificación automática. Pero la seriedad fiscal exige también consistencia: si la clasificación de alto riesgo ya cobija a otros servidores públicos cuya exposición ocupacional es comparable, corresponde preguntar por qué el umbral se vuelve insuperable precisamente cuando se trata del personal que sostiene la seguridad de los tribunales. Un análisis actuarial que no dialoga con la naturaleza específica del riesgo que se pretende reconocer corre el peligro de convertirse en un ejercicio puramente contable, desprovisto del contexto operacional que la propia ley pretende atender.
El lugar que le corresponde a cada institución
Dicho lo anterior, la FMPR reconoce que la disciplina fiscal impuesta por el Plan de Ajuste de la Deuda es una realidad jurídica vigente, avalada por el tribunal federal, y que ignorarla tiene consecuencias reales para todos los sectores del gobierno, incluido el Poder Judicial. No abogamos por el desprecio a esa realidad. Abogamos, sí, por que la última palabra sobre el balance entre disciplina fiscal y política pública de personal recaiga en quienes el pueblo de Puerto Rico eligió para esa función: la Asamblea Legislativa que aprobó la medida y la gobernadora a quien corresponde ahora firmarla, vetarla, o buscar una fórmula intermedia que atienda la preocupación fiscal sin desatender la realidad operacional de los tribunales. La opinión de la Junta es un insumo legítimo en ese proceso; no debe ser, de facto, la decisión misma.
La postura de la FMPR
Instamos a la gobernadora Jenniffer González a evaluar esta medida con la seriedad que merece, ponderando tanto la sostenibilidad fiscal como la seguridad de quienes, todos los días, hacen posible que la justicia se administre sin incidentes. Y reiteramos nuestro llamado a que cualquier conversación futura sobre retiro, compensación o condiciones de trabajo del personal judicial —togado o no togado— incluya a las voces institucionales que representamos, incluyendo a esta Federación, en beneficio de un Poder Judicial verdaderamente independiente y funcional.
Las expresiones aquí contenidas se emiten a título institucional, en cumplimiento con el Canon 24 del Código de Conducta Judicial de Puerto Rico, y no constituyen adjudicación de controversia alguna ante los tribunales.


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