Cuando la justicia se toma por la mano

Ley y orden tras el viernes negro de la abogacía


Hon. Carlos G. Salgado Schwarz

Juez del Tribunal de Apelaciones; Presidente de la Federación de la Magistratura de Puerto Rico

Las expresiones vertidas no representan la postura institucional del Poder Judicial conforme dispone el Canon 24 de Ética Judicial y son compartidas en estricto apego y a la facultad conferida por el Canon 25 de Ética Judicial al Presidente de la Federación de la Magistratura de Puerto Rico.


“Involución. Fin de la inteligencia que agotó la paciencia de este planeta azul.”

Jesús Bienvenido, comparsa Los Irracionales, COAC 2017

El viernes negro que sufrió la abogacía nos dejó la muerte violenta de dos hombres, uno de ellos un compañero abogado de Ponce. Según los videos que publicó en redes, un ciudadano se atribuyó los hechos y murió horas después. La investigación policial continúa. Las autoridades no han determinado todavía las circunstancias de lo ocurrido. A las familias, y a la clase togada que hoy está de luto, nuestro pésame.

Dicho eso, hay algo que debe decirse con voz alta y clara. En una sociedad de ley y orden, los agravios se llevan a los tribunales. Nadie, por justificado que sienta su reclamo, puede tomarse la justicia en sus manos. No es un formalismo. Es la línea que separa a una comunidad regida por la ley de una regida por el más fuerte, o por el más furioso.

Ese ciudadano había acudido al tribunal. Había presentado una demanda y el proceso apenas comenzaba a transcurrir. Una de las primeras tareas de todo pleito es adquirir jurisdicción sobre la persona demandada, y cuando no se logra localizar a alguien, el sistema dispone un remedio conocido: el emplazamiento por edicto. Requiere una declaración jurada que detalle las diligencias realizadas y una orden del tribunal. Eso es lo que se estaba tramitando. Para quien espera, puede parecer lentitud. Es debido proceso. Protege al demandado, que no puede ser condenado sin enterarse, y protege al demandante, porque una sentencia sin jurisdicción no vale.

Lo que no ha ocurrido es una investigación a fondo de los hechos que desembocaron en esta doble tragedia. Lo que se conoce proviene de la boca del propio ciudadano: que entregó el dinero voluntariamente para una inversión y que nadie se lo sustrajo por la fuerza. Alegaba, además, que lo habían engañado. Esa alegación era precisamente lo que había que probar en un tribunal, con prueba, con contrainterrogatorio y con una sentencia. Hoy no podrá hacerlo él, y tampoco podrán responderle quienes fueron demandados. Quedan sin contestar las preguntas que el proceso existía para contestar.

Mientras las familias lloran, algunos pseudoperiodistas y oportunistas de las redes han preferido otra cosa: insinuar que la jueza que atendía el caso protegía a alguien. Un trámite de edictos no es protección. Es lo que la regla exige. Y si existiera prueba de parcialidad, nuestro ordenamiento prevé el cauce: una solicitud jurada de inhibición, con los hechos específicos y la prueba documental que la apoye, presentada dentro de un término. Una publicación con letras rojas y un signo de interrogación no cumple ninguno de esos requisitos. Es el mismo error de fondo, en versión digital: sustituir el proceso por el veredicto propio.

El juez señalado, además, no puede defenderse en el mismo terreno. La ética judicial le impide comentar un caso pendiente. El que insinúa habla sin límite. El insinuado calla por deber, y en las redes el silencio se lee como confirmación.

Criticar a los tribunales es legítimo y necesario. Nadie en la judicatura debería temerle al escrutinio. Pero la crítica se hace con nombre, con fundamentos y con la prueba en la mano, y los reclamos se dirimen en el salón de sesiones. Un país que cambia el tribunal por un video de Facebook o Instagram, y la sentencia por el titular, no se vuelve más justo. Se vuelve más peligroso.



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