Una reflexión gremial sobre integridad judicial, rendición de cuentas y las salvaguardas que Puerto Rico debe seguir fortaleciendo
Hon. Carlos G. Salgado Schwarz
Juez del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico; Presidente de la Federación de la Magistratura de Puerto Rico
magistradospr.com
Las expresiones vertidas no representan la postura institucional del Poder Judicial conforme dispone el Canon 24 de Ética Judicial y son compartidas en estricto apego y a la facultad conferida por el Canon 25 de Ética Judicial al Presidente de la Federación de la Magistratura de Puerto Rico.
I. Un caso ajeno que nos concierne
El 16 de octubre se conoció que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de Colombia confirmó la condena de 123 meses y un día de prisión contra el exmagistrado José Leonidas Bustos Martínez, quien presidió dos veces su Sala Penal y también la propia Corte. Fue hallado responsable de concierto para delinquir y cohecho propio, por su participación en la red conocida como el Cartel de la Toga. Según el fallo, esa red ofrecía torcer procesos contra congresistas investigados por el máximo tribunal a cambio de dinero y beneficios. Bustos fue absuelto del delito de tráfico de influencias. Hoy se encuentra en Canadá, y la Corte pidió al Gobierno colombiano gestionar su extradición.
Nada de esto ocurrió en la Isla del Cordero, y no nos corresponde juzgar las instituciones de otro país. Pero un escándalo de esta naturaleza no se queda dentro de sus fronteras. Cada vez que un juez vende una decisión, en cualquier jurisdicción, la ciudadanía aprende una lección falsa sobre todos los demás. Por eso la Federación de la Magistratura de Puerto Rico se detiene a mirarlo.
II. Lo que el caso revela
Lo más grave no fue el dinero. Fue quién lo recibió y a quién beneficiaba. Se trataba de magistrados que juzgaban al poder político, y el poder político encontró la manera de comprar a sus jueces. Cuando eso sucede, la función judicial pierde su razón de ser, porque el pueblo confía en que el tribunal es el único lugar donde el más poderoso y el más humilde se presentan en igualdad.
Hay además un daño que no aparece en la sentencia. Un solo despacho judicial corrompido contamina a miles de despachos honestos. El ciudadano que pierde un caso con la toga limpia sospecha ahora de la derrota. El abogado que gana comienza a escuchar preguntas incómodas. La mayoría de los jueces trabaja con rectitud, en silencio y con cargas que nadie ve, y esa mayoría paga la cuenta de la conducta de unos pocos.
III. La respuesta que sí honra la toga
Hay un dato del caso que merece tanta atención como el delito. La condena la dictó la propia Corte Suprema, el mismo tribunal que Bustos presidió. Una institución juzgó a su antiguo presidente, apreció la prueba y le impuso una pena severa. Calificó la imparcialidad, la transparencia y la ética judicial como valores que no admiten negociación, y expresó que su decisión debía enviar un mensaje a toda la Rama Judicial.
Esa es la diferencia entre un sistema enfermo y un sistema que se defiende. La independencia judicial existe para proteger al litigante de las presiones indebidas, nunca para proteger al juez de las consecuencias de su conducta. Quien confunde las dos cosas convierte un principio democrático en un escudo de impunidad. Una federación que solo defiende a la magistratura y jamás exige rendición de cuentas pierde la autoridad para hacer lo primero.
IV. Lo que nos corresponde en Puerto Rico
Sería un error leer este caso con el alivio de quien cree que le queda lejos. El mejor momento para fortalecer las salvaguardas es cuando no hay crisis, porque ninguna reforma hecha a la carrera después de un escándalo ha devuelto jamás la confianza perdida. Contamos con los Cánones de Ética Judicial, con las Reglas de Disciplina Judicial y con deberes claros de integridad y de informar conducta impropia. Ahora bien, un código solo vale lo que valen las personas que lo viven y los procesos que lo hacen cumplir.
Por eso la Federación entiende pertinente insistir en tres cosas. Primero, la formación continua en ética, que no se limite a repasar el texto de los Cánones sino que ponga a los jueces frente a dilemas reales. Segundo, mecanismos de consulta confidencial, para que un juez con una duda sobre una situación delicada tenga a quién acudir antes de equivocarse. Tercero, procesos disciplinarios que sean justos con el juez investigado y transparentes para la ciudadanía en la medida en que la ley lo permita. Un procedimiento que protege solo a uno de los dos no inspira respeto en ninguno.
La confianza pública no se decreta ni se hereda. Se construye en cada despacho judicial, resolución tras resolución, sin que nadie esté mirando. Eso es lo que hoy nos recuerda, desde muy lejos, la caída de un hombre que lo tuvo todo para custodiarla. La Federación de la Magistratura de Puerto Rico reafirma su compromiso con una judicatura independiente, íntegra y dispuesta a rendir cuentas.


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